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Las casas de dos alturas y cuatro viviendas tendrán ascensor

Entra en vigor un nuevo decreto de construcción que impone nuevas medidas para la edificación de viviendas en la Comunidad Valenciana. Los nuevos edificios residenciales con una altura de más de 4,5 (planta baja y dos pisos) tendran que disponer de ascensor si dan servicio a más de cuatro viviendas.

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Desacuerdos entre propietarios y/o vecinos

¿Cómo se distribuye el porcentaje que cada propietario debe pagar en la instalación de un ascensor? ¿Existe posibilidad de negarse a sufragar la parte proporcional de la obra? ¿Qué ocurre cuándo la instalación de un ascensor perjudica a un vecino en su propiedad?

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